BO 02/12/15
La Dirección General de Fiscalización y Obras del GCBA implementó el uso obligatorio del Libro Digital de Inspección para las instalaciones fijas contra incendio. .
Hay cuatro tipos de informes:
a. Informe Inicial
Con los datos de la instalación. También hay que informar si hay medios de salida protegidos según Ordenanza º 45425/91, y Ley 962/02, y si tiene señalización de medios de salida e iluminación de emergencia.
Su registro es obligatorio, siendo responsabilidad del Empresa Mantenedora (EM) o Profesional independiente (PI) cargados en tiempo y forma.
b. Informe Periódico
Su realización y registro es obligatorio, siendo responsabilidad de la EM o el PI. Se definirá el estado en que se encuentra la instalación de extinción y/o detección en:
1. Instalación Operativa y/o Apta
2. Instalación Operativa y/o Apta que requiere mejoras menores.
3. Instalación NO operativa y/o NO apta para su uso.
Adicionalmente la EM o el PI informará el estado de los medios de salida.
c. Informe Eventual o de Visita:
Su registro es obligatorio. Pueden realizarse tantas veces como sea requerido, y tiene por finalidad dejar registro de las intervenciones que se realicen.
d. Informe del Inspector de DGFYCO/ DGFYC:
Permitirá informar los hallazgos de las inspecciones en el Libro Digital.
Periodicidad de las Visitas Técnicas
Son referentes las normas IRAM 3546, o normativa equivalente para el control de las instalaciones.
Se establecen los siguientes plazos según el Nivel de la instalación:
- Nivel 1. Instalaciones del tipo cañería Seca (edificios hasta 27m), denominadas agua con Boca de Impulsión en la entrada del edificio, periodicidad ANUAL.
- Nivel 2. Instalaciones del tipo cañería Húmeda (edificios de 27 a 47m), denominadas agua con conexión a Tanque Sanitario y Boca de Impulsión en la entrada del edificio, periodicidad SEMESTRAL.
- Nivel 3. Demás instalaciones de agua con reserva exclusiva y/o sistemas de presurización electromecánicos, y otros tipos de instalaciones (gases, polvos y sistemas de detección), periodicidad TRIMESTRAL.
Responsabilidades
La existencia de una instalación, en condiciones NO OPERATIVA es responsabilidad del Propietario, Administrador o Titular.
Es responsabilidad del Propietario, Administrador o Titular conjuntamente con la EM o PI, subsanar las deficiencias declaradas en el Libro Digital.
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