Decreto 353/2011-Categorización Industrial

Este decreto modifica la escala de clasificación de establecimientos industriales alcanzado por la Ley 11459, con los cual de acuerdo a los valores del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) las industrias se clasificarán en:

Primera categoría: hasta 15 puntos

Segunda categoría: más de 15 y hasta 25 puntos

Tercera categoría: mayor de 25 puntos

Los establecimientos peligrosos por elaborar y/o manipular sustancias inflamables, corrosivas, de alta reactividad química, infecciosas, teratogénicas, mutagénicas, carcinógenas y/o radioactivas, y/o generen residuos especiales que pudieran constituir un riesgo para la población circundante u ocasionar daños graves a los bienes y al medio ambiente, serán considerados de tercera categoría independientemente de su NCA.

Aquellos establecimientos industriales instalados que hayan sido clasificados en la segunda categoría con un NCA hasta quince 15 puntos, serán reclasificados por el OPDS.

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