Se aprueba una nueva reglamentación para la Ley 123 (Anexo I), y se establece un nuevo cuadro de categorización de actividades y proyectos (Anexo II). La Agencia de Protección Ambiental podrá dictar la reglamentación complementaria para la implementación de este decreto.
Entra en vigencia 30 días corridos posteriores a la publicación (BO 18/05/12).
Se derogan el Decreto 1352/02, la Resoluciones 873/04, 61/05, 421/06 y 254/07 que reglamentaban la Ley 123.
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