BO 10/04/2019
ACUMAR estableció un nuevo procedimiento para todas las empresa con Nivel de Incidencia Ambiental (NIA) superior a 40 puntos, por el cual hay obligación de informar las modificaciones significativas que se realicen en las actividades operativas habituales, sean programadas o no programadas, cuando las mismas tengan potencial para generar un impacto negativo al ambiente y/o la salud de los habitantes.
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