Decreto 591/19 – Prohibición de ingreso al país de residuos

27/08/2019

Modifica el Decreto 181/92 y establece que:

Se prohíbe el tránsito, la introducción y la importación definitiva o temporal al país de todo tipo de residuo procedente de otros países.

Quedan comprendidos aquellas sustancias u objetos que obtenidos a partir de la valorización de residuos, no se ajusten a las siguientes condiciones:

a. Que la sustancia se utilice para finalidades específicas.

b. Que exista un mercado para dicha sustancia.

c. Que la sustancia satisfaga los requisitos técnicos para las finalidades específicas, y cumpla la legislación existente y normas aplicables al producto.

d. Que el uso de la sustancia no genere impactos adversos para el ambiente o la salud

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