BO 04/05/2020
El Ministerio de Transporte reglamentó el uso de combis y minibuses a partir del 05 de mayo, estableciendo como requisitos:
Para garantizar el distanciamiento social, la ocupación de cada vehículo no deberá ser superior al 60 % de su capacidad máxima.
Es obligatorio el uso de tapa bocas/nariz/mentón para todos los ocupantes.
Cada pasajero deberá llevar el certificado que acredite que es trabajador de actividad esencial, o la habilitación de circulación correspondiente.
Los vehículos no pueden tener cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado, salvo los utilizados en los tapizados de las butacas y laterales.
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