Decreto 429/13, Pago del Canon por el uso de agua Provincia de Bs. As.

BO 04/09/13

Reglamenta los artículos 43, 56 y 67 del Código de Aguas, Ley 12.257, para el pago del canon para los diferentes usos de agua.

El Anexo I reglamenta el artículo 43 y establece la fórmula de cálculo para el canon que se debe pagar por el uso de agua (CUA).

CUA: CF + Qe x f x t

 Donde

 CF: Cargo fijo mensual de $300

Qe: Caudal de extracción mensual (m3/mes)

  f : Factor de afectación de reserva, será 1 como máximo

  t : Tarifa de 0,1 $/m3  

El Anexo II reglamenta el artículo 55 definiendo:

Consumo Humano: para cubrir necesidades básicas, riego hasta superficies de media hectárea y suministro de agua para servicios contra incendio.

Suntuario: son los consumos no incluidos en el consumo humano con capacidad de almacenamiento mayo a 10 m3.

Ambiental: es el agua incorporada al ambiente para mantener a los ecosistemas que proporcionan bienes y servicios a la sociedad.

El Anexo III, reglamenta el artículo 67 y establece que los productos que en su composición contengan un volumen igual o superior al 50% de agua, deberán pagar un canon adicional del 50% del calculado por la fórmula del Anexo I.

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