BO 06/12/23
Establece las nuevas medidas de seguridad para trabajos en altura a partir de 2 metros desde el nivel inferior de realización de la tarea.
En el Anexo I se definen las medidas preventivas
El Anexo III contiene las planillas de verificación del estado de cada equipo utilizado para el trabajo en altura. La Resolución entrará en vigencia a los 90 días de su publicación
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