Establece que se debe considerar “susceptibles al ruido” a aquellos trabajadores cuyas audiometrías presenten una caída del umbral auditivo igual o mayor a 15dB en la frecuencia de 4000 Hz respecto del examen preocupacional. Las audiometrías que den resultados susceptibilidad o patología auditiva deberán ser notificadas por la ART al empleador en el plazo de 10 días hábiles.
Aclara que en los casos que la ART deba requerir al empleador adecuaciones o modificaciones relacionadas con la nómina de trabajadores expuestos a riesgos, el plazo de 45 días establecido en el inciso 5 del artículo 3 de la Res SRT 37/10, comenzará a computarse a partir de la recepción por parte de la ART de la información corregida por el empleador.
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